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20/1/14

Guías para el 6to Semestre


Ha pasado mucho desde que anexe la última información de interés para nuestro gremio estudiantil, en esta oportunidad les traigo un conjunto de guías como material de apoyo para el 6to semestre, estas entradas suelen ser las más populares de este blog. Como siempre les recuerdo que este material es solo para "complementar" el estudio y no debe ser tomado como único material para estudiar. Así como la compartieron conmigo la comparto con ustedes. Me es ajena la responsabilidad por el contenido de dichas guías por error de forma o de fondo, contenido incompleto, errores gramaticales y de ortografía; mi intención es solo ayudarles.

Las guías son para las siguientes materias:

  • Obligaciones II
  • Penal IV
  • Criminología
  • Teoría del Proceso

Esperando les sea de ayuda

Cristian Valente

Haz clic en el cuadro azul para descargar:

20/1/13

Entrevista al Abogado Constitucionalista Gustavo Tarre

Polémica Sentencia: ¿Que es de nuestra vida como futuros abogados?


Venezuela celebró el no nacimiento del fin del mundo con una noticia que para algunos puede ser el fin del mundo, quizás de Venezuela,  o la permanencia de la anarquía en Venezuela por parte de quien tienen el poder. Es un tema que a la fecha del a publicación de esta entrada, está lo suficientemente trillada, molesta, fuera de fama. Por supuesto que, esta exposición textual está basada bajo el criterio del estudio del derecho que hasta los momentos poseo, así como el análisis de diferentes apreciaciones jurídicas sobre el tema, debates y discusiones que aperturaron nuevas visiones, reforzaron posiciones y rechazaron por supuesto otras percepciones.
El mundo de la política es un mundo muy pero muy incierto, hipócrita y deshonesto. Al punto en que, difícilmente se puede tomar como cierto las argumentaciones e informaciones que los representantes de la política que dan al público en general. Es por eso que la polémica y las especulaciones en cuanto a las informaciones ofrecidas por estos representantes siempre se encontraran presentes.  Es un mundo de cuidado y de sobrevivencia. Pero, ya basta de esta introducción, es menester nos vayamos al punto concreto de esta entrada: “Es o no es esencial la juramentación del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, elegido por voto secreto, universal y directo” “¿Quién ejerce las atribuciones del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela según lo dispuesto en el artículo 236 de la Carta Magna Venezolana?” “¿La interpretación de lo dispuesto en la sentencia emitida en ponencia conjunta el nueve de enero de dos mil trece por la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia carece de lógica y eficiente interpretación del ordenamiento jurídico de Venezuela?” Dependiendo de la respuesta “¿Valdrá la pena el estudio de especialización de la legislación Venezolana”? “¿Es útil sigan naciendo nuevos ordenamientos jurídicos aumentando el existente?” Prosigo a realizar mi análisis y posterior respuesta a estas interrogantes aun vivas:

El primer error es intentar mentirle al  pueblo culto venezolano, aun teniendo un conocimiento vulgar del derecho, que el recurso impuesto para la interpretación por parte de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, carecía de interés político sino que al contrario su interés es netamente jurídico de si era una formalidad o un formalismo lo establecido en el artículo 231 de nuestra Constitución; valiéndose de la malversación del concepto jurídico de Continuidad Administrativa.
Si bien es cierto que, los abogados nacimientos para confrontar y legalmente manipular la normativa que nos rige a favor de nuestro proceso, es totalmente inmoral que se malversen siempre las normas que tengan alguna colidación con las acciones que el presente gobierno desee ejercer.  Corrompiendo además, con el espíritu siempre vivo del legislador y del constituyente a la hora de plasmar una norma.
Todo esto es justificado bajo el lema de “Amor” un amor que como todos los demás, suele ser ciego. Aparentemente, este amor hacia la “patria” intentan ligarlo íntimamente a que “Si amas a Chávez amas a la patria” por supuesto que este eslogan político ha funcionado, basándome en los resultados de los sufragios en Venezuela, sin embargo la manipulación por parte del gobierno al pueblo es totalmente descabellada. Esa división de que solo es pueblo el que tiene pobreza, recordando que la pobreza no es un término exclusivo para quienes carecen del recurso económico para cubrir sus necesidades básicas, si no que todo aquel que carezca de algo posee pobreza, es una división que aun no comprendo. ¿Cuándo los ciudadanos venezolanos, poseedores de un número de identificación civil y de la nacionalidad Venezolana por nacimiento o naturalización dejaron de ser pueblo? Si el poder económico es lo que divide el pueblo de los que no son, entonces podríamos decir que en los últimos días, meses y años, los altos mandatarios y familiares de estos dejaron de ser pueblo hace ya bastante tiempo.
¿Es menester la juramentación del presidente? Legalmente no, al menos por la interpretación de la Sala Constitucional. Mala interpretación a mi criterio jurídico pues el artículo 231 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es bien claro y crea una excepción que los “simpatizantes” de Chávez malversaron al igual que los ponentes de la sentencia pues esta excepción no es para el presidente electo si no al contrario para la Asamblea Nacional si esta se encuentra imposibilitada para acuñar la juramentación del presidente el día 10 de Enero o breves días siguientes. Esto es el espíritu del constituyente, ese es el querer de quienes redactaron esa norma y fue sancionada en su aprobación por sufragio en el pasado año 1999. No es una formalidad si no un formalismo. Si no es necesaria la juramentación entonces ¿para qué hacerla? Cuando Chávez llegue al país que le dé “Continuidad Administrativa” a su periodo presidencial, de su indudable discurso en el palco del pueblo y listo. ¿Para qué entonces se juramentó las veces que fue reelegido presidente? Que de aquí surge otra interrogante y malversación de la norma pues en la constitución no se formaliza el término Reelección. A su vez el artículo 230 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela menciona la figura de que el “presidente  o presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida…” aquí entra la enmienda nº 1 de fecha 15 de febrero de 2009 donde puede ser reelegido las veces que el pueblo decida. Cosa que para los principios de Bolívar es algo contradictorio ¿NO? Bolívar dijo en el congreso de angostura en el año 1819: “NADA ES TAN PELIGROSO COMO DEJAR PERMANECER LARGO TIEMPO A UN MISMO CIUDADANO EN EL PODER. EL PUEBLO SE ACOSTUMBRA A OBEDECERLE Y ÉL A MANDARLE, DE DONDE SE ORIGINAN LA USURPACIÓN Y LA TIRANÍA” Que extraño es que el actual gobierno JAMÁS  le haya dado apertura de lectura a esta frase tan celebre como las demás. AUN QUE USTED NO LO CREA. Un gobierno que habla de honestidad y moral. Volviendo al artículo 230, este a su vez señala “…para un nuevo periodo presidencial…” No para la continuidad del periodo anterior. Es decir que cada 10 de enero, al concluir los 6 años del periodo presidencial, inmediatamente comienza un periodo presidencial nuevo aunque el presidente sea el mismo del periodo anterior. Entonces como concederle un permiso por complicaciones de salud a un “Presidente” que aún no es juramentado como tal. Si bien es cierto que es el pueblo que elige y crea su propio ordenamiento jurídico, es totalmente descabellado que se corrompa el ordenamiento autoimpuesto por fines políticos. Actualmente podemos decir el Ex presidente de Venezuela Hugo Rafael Chávez Frías, pues el carece de legalidad mas no de Legitimidad. Bueno, esto en base al deber ser alegado muchísimo de la realidad, pero con criterio en la interpretación por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Hugo Rafael Chávez Frías posee ambas condiciones: Legalidad y Legitimidad. La segunda preside a la primera.
Ahora bien, quien ejerce las atribuciones del presidente de la república que define el artículo 236 de nuestra Carta Magna, al parecer nadie. Capaz y el Tribunal Supremo de Justicia mediante otra sentencia descarada y fuera de ordenamiento jurídico le atribuye a la Vice-Presidencia las atribuciones de la presidencia del a república en la ausencia del presidente de la república.
Ahora bien, es una conceptualizada falta absoluta la incapacidad física del presidente de la república. Esto debe ser decretado por una junta médica que designe el Tribunal Supremo de Justicia. Este máximo tribunal, ha aludido este punto con su sentencia. Declarando no solo que el presidente puede juramentarse cuando le complazca, si no al concederle el permiso para que se recupere. Si  el Tribunal Supremo de Justicia se viere obligado a designar la junta médica que determine si  Chávez está imposibilitado para ejercer las funciones de su cargo, seguramente designará Médicos Integrales Venezolanos que vayan a Cuba y determinen que él está en recuperación y no está imposibilitado para las funciones inherentes a su cargo. ¿A qué viene este análisis? A las últimas acciones legales por pate de este Órgano Rector.
Es evidente que están dando tiempo para que Chávez se recupere, se recupere de una enfermedad que al análisis de expertos en medicina, está en metástasis y por lo tanto en estado de gravedad terminal. Sucede que el espíritu y base de la Revolución en Venezuela es Hugo Chávez, si el desaparece es muy posible que también lo haga el espíritu de la gente. Esto tratan de maquillarlo con discursos de “AMOR” como bien decía, hacia la patria, hacia Chávez que tanto ha dado por nosotros. Cosa que no es del todo mentira, como tampoco lo es todo verdad. Chávez ha realizado numerables obras y acciones que ningún otro alto mandatario de los gobiernos que ha tenido Venezuela ha realizado; obras de carácter social humanitario. Pero también es cierto que su inexperiencia e ineficacia en sus propias acciones y en su equipo de trabajo ha logrado que se atropelle el derecho y se malgasten muchísimos recursos vitales para el desarrollo del país y por lo tanto de una mejor calidad de vida para cada uno de nosotros. Es un líder indiscutible, pero también es un hombre extremadamente radical en sus principios y eso ha logrado que se equivoque en sus funciones. No dudo que Chávez sea amable, amoroso, cariñoso, dado e humanitario; pero lamentablemente sus errores le han otorgado un fracaso que nos duele a los que no estamos ciegos por su “amor” y el amor no debe justificar razones razonables pues se convierte ese amor en un cáncer. ¿Por qué darle tiempo a que se recupere? Lo del amor es cierto, pero no es la verdad absoluta. Fíjense lo que sucedió en las últimas elecciones presidenciales. El adversario más fuerte de Chávez fue Henrique Capriles, ese candidato perdió en el estado Miranda en esas elecciones y ganó las elecciones Gubernamentales en dicho estado. ¿Qué te hace analizar todo esto? La gente vota por Chávez directamente, lo accesorio es votar por los candidatos que él representa. Eso crea el miedo de que si muere Chávez, su sucesor Nicolás Maduro no logre ganar y por lo tanto la Patria y la Revolución culminen su proceso, así como también el jamón de los últimos años.
¿Valdrá la pena especializarse en el Derecho Venezolano? La verdad es que en estos últimos años la motivación a estudiar derecho ha disminuido. Para que estudiar y esforzarte en una casa de estudios, pasar por pruebas mentalmente insuperables y desgastantes, pasar horas de zozobra sin sueño, levantarte temprano todos los días, calarte el retraso del metro, el congestionamiento en Plaza Venezuela, los golpes en la parada de las camionetas, calarte la cola interminable de las mañanas y que para colmo el profesor no te deje pasar por que llegaste con retardo; para que si al culminar tu amada y extenúate carera en el ejercicio es violentada la norma. A esto tienes que añadirle las innumerables horas de estudios a la inflación legislativa que tenemos; que tienes que estudiar todos los días pues todos los días hay más leyes nuevas que aumentan el nivel de impunidad. Más nomas, menos cumplimiento. Es absurdo exista un órgano legislador, ¿para qué pagar sueldo a diputados? Esos recursos podrían ir fácilmente a obras de construcción e infraestructura, alimentación, vestimenta, educación, etc.
Por esto es que perdemos a muchos profesionales, jóvenes con mucho talento en áreas del Deporte, la Medicina, La ingeniera, La Arquitectura, la Administración y Contaduría, Las finanzas y la Economía, el Derecho y muchas otras. No hay un verdadero apoyo a la Educación ni a la justa justicia, aunque suene redundante es menester mencionarlo así. Pues para los órganos rectores la justicia es una cosa totalmente alejada al deber ser y a la debida interpretación de las normas, mientras que lo justo se queda en la teoría oculta.
¿Qué fuese pasado si el Tribunal Supremo de Justicia se fuese pronunciado en contra del Presidente? Seguramente también el jamón diario. Quien se pronuncie internamente en contra de una decisión de Chávez es un apátrida, un golpista, un salta talanquera, un pitiyankee, etc. Por eso no les queda más que callar pues no les “conviene” dejar de tener lo que tienen y no poseer lo que tenían. 

¿Qué diferencia hace que este Chávez dentro del país? ¿De qué ha servido para la inseguridad, la corrupción, la inflación, la salud pública, la educación? Esos numerables y lamentables asesinatos cada semana en Venezuela no disminuyen si Chávez está dentro del país, tampoco si el atropello a las leyes, más bien se aumentan por su ausencia. Si la anarquía es vida diaria en Venezuela, ¿para que las instituciones si las instituciones son fuente de normativas? Es ridículo. Nuestro problema magister son los del día a día. Los dos principales la Inseguridad y la Inflación.

4/12/12

Guías 5º Semestre





Cristian Valente

Retomando la Administración de este espacio, decidí subir a la red unas Guías de Estudio para el 5to semestre de la carrera.

Espero les sea de utilidad. Un abrazo.

23/5/12

Guias de Estudio 4º Semestre


Colegas: Les adjunto unas guías de estudio pertenecientes a las catedras actuales para nuestro semestre en curso, las cuales son: Derecho Adminsitrativo (Dos Guías), Derecho Registral, Derecho Civil IV, Derecho Penal, Filosofía del Derecho. Esta última no es tan relevante puesto que el libro del profesor ya esta en nuestras manos, de igual forma se las adjunto a la carpeta.Espero els sea de utilidad.




Cristian Valente
Delegado

5/5/12

VOTACIONES ESUDIANTILES 2012


¡ EL 16 DE MAYO SE REALIZARÁN LAS ELECCIONES PARA NEUSTRO CONSEJERO UNIVERSITARIO, CONSEJERO DE FACULTAD Y CENTRO DE ESTUDIANTES, DEBEMOS IR A VOTAR Y ESCOGER AQUELLA PLANCHA QUE REALMENTE REPRESENTE NUESTROS INTERESES!

LOS ESPERAMOS

20/4/12

Boletín Semanal Nº 2





















Colegas: les Adjunto el boletín semanal Nº 2 con los eventos noticiosos semanales mas importantes del curso. Espero les sea de utilidad.

Cristian Valente
Delegado


13/4/12

Legislación a Utilizar


Colegas: les adjunto en digital la legislación que utilizaremos este semestre según información de los profesores hasta la fecha.



Cristian Valente 
Delegado

Horario Académico



Cristian Valente
Delegado
 
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